¿Qué es la discapacidad y cómo se determina?

Se entiende por incapacidad laboral la incapacidad de percibir el salario que percibía un trabajador en el momento de la lesión en el mismo empleo o en cualquier otro. La definición de incapacidad no es sólo un término médico, sino que se refiere principalmente a la disminución de la capacidad para percibir un salario. Incluye una evaluación de otros factores profesionales, como la edad, la educación y la formación. Para ser discapacitado, un trabajador debe demostrar que, tras su lesión, es incapaz de ganar el mismo salario que ganaba antes de la lesión en el mismo empleo, que es incapaz, tras su lesión, de ganar el mismo salario que ganaba antes en cualquier otro empleo y que esta incapacidad para ganar fue causada por la lesión laboral. Para cumplir su carga de la prueba de la incapacidad, el trabajador puede presentar pruebas de cuatro maneras:

  1. Presentando pruebas médicas de que el trabajador está física o mentalmente, como consecuencia de la lesión laboral, incapacitado para trabajar en cualquier empleo;
  2. Mediante la presentación de pruebas de que el empleado es capaz de realizar algún trabajo, pero tras un esfuerzo razonable por su parte, no ha tenido éxito en sus esfuerzos por obtener empleo;
  3. Mediante la presentación de pruebas de que el trabajador es capaz de realizar algún trabajo, pero que sería inútil buscar otro empleo debido a las condiciones preexistentes, es decir, la edad, la inexperiencia, la falta de formación; o bien
  4. Presentando pruebas de que el trabajador ha obtenido otro empleo con un salario inferior al que percibía antes de la lesión.
Existen básicamente cuatro tipos de incapacidad reconocidos en la indemnización por accidente de trabajo: (1) incapacidad total temporal, (2) incapacidad parcial temporal, (3) incapacidad parcial permanente e (4) incapacidad permanente y total. 1. Incapacidad Temporal Total La incapacidad temporal total se produce cuando un trabajador queda incapacitado para el trabajo durante un período de tiempo temporal. Durante este periodo de incapacidad, el trabajador lesionado tiene derecho a percibir dos tercios (2/3) de su salario medio semanal hasta el máximo legal. La duración de los pagos por incapacidad total temporal puede estar limitada en función de la fecha de la lesión del trabajador. Si un empleado sufrió una lesión por accidente antes del 24 de junio de 2011, puede tener derecho a una prestación por incapacidad total temporal de por vida. Si este es el caso, se considera que el empleado está permanente y totalmente incapacitado de acuerdo con N.C. Gen. Stat. § 97-29. Si un empleado se lesiona después del 24 de junio de 2011, cuando se instituyó la ley de reforma de la compensación laboral, entonces el empleado no tendrá derecho a beneficios por incapacidad total temporal por un período mayor a 500 semanas a partir de la fecha de la primera incapacidad, a menos que el empleado califique para una compensación extendida bajo N.C. Gen. Stat. § 97-29(c). El N.C. Gen. Stat. § 97-29(c) establece que un empleado puede tener derecho a una indemnización ampliada que supere el límite de 500 semanas por incapacidad total temporal descrito en el subapartado (b) de este apartado sólo si (1) en el momento en que el empleado solicita a la Comisión superar el límite de 500 semanas por incapacidad total temporal descrito en el subapartado (b) de este apartado, han transcurrido 425 semanas desde la fecha de la primera incapacidad y (2) de conformidad con las disposiciones de N.C. Gen. Stat. § 97-84, salvo acuerdo entre las partes, el trabajador deberá demostrar mediante una preponderancia de las pruebas que el trabajador ha sufrido una pérdida total de la capacidad asalariada. Si un trabajador tiene derecho a prestaciones de compensación ampliadas, estas prestaciones pueden reducirse si el trabajador recibe prestaciones de jubilación completas en virtud de la parte de invalidez de la Ley de Seguridad Social, una vez alcanzada la edad de jubilación. En la práctica, un trabajador que solicite prestaciones por incapacidad temporal total debe estar completamente incapacitado para el trabajo por un médico tratante autorizado o presentar pruebas sustanciales de que ha realizado esfuerzos de buena fe para buscar trabajo pero no ha podido encontrarlo o ha vuelto a trabajar con un salario inferior. El trabajador también puede demostrar que, debido a las condiciones preexistentes como la edad, la educación, la escasa experiencia laboral u otros factores legítimos que le incapacitarían para trabajar, buscarlo sería inútil o una pérdida de tiempo. Se recomienda encarecidamente que, a menos que un empleado haya sido dado de baja por completo de forma permanente, pueda demostrar que ha realizado esfuerzos de buena fe para buscar un trabajo adecuado dentro del mercado laboral competitivo. Si hay una pregunta con respecto a la suficiencia de una demostración de la discapacidad, es importante contar con la experiencia de los trabajadores abogados de compensación como Riddle y Brantley, LLP de su lado. 2. Incapacidad permanente total Un trabajador lesionado sólo puede optar a la incapacidad permanente total si padece una o varias de las siguientes limitaciones físicas o mentales derivadas de la lesión:
  1. La pérdida de las dos manos, los dos brazos, los dos pies, las dos piernas, los dos ojos o dos de ellos, según lo dispuesto en N.C. Gen. Stat. §97-31(17).
  2. Lesión medular con parálisis grave de ambos brazos, ambas piernas o el tronco.
  3. Lesión cerebral grave o traumatismo craneoencefálico cerrado grave y permanente:
    1.  Alteraciones sensoriales o motoras;
    2. Perturbaciones de la comunicación;
    3. Alteraciones integradas complejas de la función cerebral; o
    4. Trastornos neurológicos.
  4. Quemaduras de segundo o tercer grado en el treinta y tres por ciento (33%) o más de la superficie corporal total.
Un empleado que reúna los requisitos para una incapacidad total permanente de conformidad con esta subsección tendrá derecho a una indemnización, incluida la indemnización médica, durante toda la vida del empleado lesionado, a menos que el empleador demuestre por preponderancia de la evidencia que el empleado es capaz de volver a un empleo adecuado, tal como se define en N.C. Gen. Stat. §97-2(22). 3. Incapacidad Temporal Parcial Cuando un trabajador puede volver a trabajar o vuelve a trabajar con un salario reducido con respecto a su salario semanal medio anterior a la lesión, tiene derecho a dos tercios (2/3) de la diferencia de capacidad salarial entre su salario anterior a la lesión y su salario posterior a la lesión, mientras continúe la incapacidad parcial temporal, con sujeción a un máximo de 500 semanas N.C. Gen. Stat. §97-30. Todas las semanas de pagos realizados de conformidad con N.C. Gen. Stat. §97-29 de incapacidad total temporal, se deducirán de las 500 semanas de pagos disponibles en virtud de esta sección. 4. Incapacidad permanente parcial En determinados casos, un empleado puede tener derecho a una incapacidad parcial permanente, lo que significa un porcentaje parcial permanente de deterioro que un médico ha asignado a una o más partes del cuerpo enumeradas en N.C. Gen. Stat. §97-31. El empleado puede tener derecho a estas prestaciones además de las prestaciones por incapacidad temporal total o temporal parcial que pueda haber recibido antes de alcanzar el final del periodo de curación o la máxima mejoría médica. El baremo de lesiones del N.C. Gen. Stat. §97-31 establece la cuantía y el período de indemnización para numerosas y variadas partes del cuerpo que se enumeran en 24 subsecciones. Por ejemplo, si una persona sufre una pérdida total del uso de la columna vertebral/espalda, tiene derecho a 300 semanas de indemnización. Si una persona ha sufrido una lesión permanente del diez por ciento (10%) en su columna/espalda, entonces tiene derecho al diez por ciento (10%) de las trescientas (300) semanas de indemnización o a un equivalente de treinta semanas (30) de indemnización por incapacidad total temporal. N.C. Gen. Stat. §97-31(23).