Establecidas a principios del siglo XX, las leyes de compensación a los trabajadores se crearon para proteger a los empleados que se lesionan en el trabajo. Aunque la mayoría de las personas nunca sufrirán un accidente laboral, otras trabajan en ocupaciones peligrosas en las que los accidentes y las lesiones son frecuentes. No obstante, incluso aquellos que desempeñan las ocupaciones menos peligrosas son susceptibles de sufrir una lesión en el trabajo. A continuación se presentan algunas de nuestras preguntas más frecuentes acerca de la compensación de los trabajadores:
- ¿Qué es la indemnización por accidente laboral?
- ¿A qué tipo de indemnización puedo tener derecho si me lesiono en el trabajo?
- ¿Cuáles son las lesiones más frecuentes?
- ¿Cuáles son las industrias más peligrosas?
- ¿Elige mi empresario a qué especialista debo acudir?
- ¿Qué es la discapacidad y cómo se determina?
- ¿Qué parte de mi salario habitual puedo percibir mientras no pueda trabajar?
- ¿Cuál es mi salario semanal medio?
- ¿Está obligada mi empresa a tener un seguro de accidentes de trabajo?
- Me han denegado la indemnización, ¿qué puedo hacer?
- ¿Y si todavía puedo trabajar o he tenido que aceptar un trabajo que gana menos dinero debido a una lesión?
- ¿Qué es la Comisión Industrial?
- ¿Pueden percibir prestaciones mis hijos o mi cónyuge?
Indemnización por accidente laboral
¿Qué es la indemnización por accidente laboral?
- Que sufrió una lesión por accidente. Un accidente es un suceso o resultado inusual no previsto ni diseñado por el trabajador lesionado.
- Que la lesión sea consecuencia del trabajo. Para ello es necesario que el trabajador demuestre la existencia de una relación causal entre la lesión denunciada y un accidente ocurrido durante la relación laboral.
- Que la lesión se haya producido en el curso del empleo. En otras palabras, la lesión se produjo durante el período de empleo en un lugar donde el trabajo estaba calculado para llevar al empleado y donde la actividad está dentro del ámbito de ese empleo.
- Que la lesión causó una discapacidad. Para demostrar la incapacidad, el trabajador debe probar una de las siguientes circunstancias:
a. Que es incapaz de ganar el mismo salario que ganaba antes con la presentación de pruebas médicas de que está física o mentalmente incapacitado para trabajar en cualquier empleo como consecuencia de una lesión relacionada con el trabajo;
b. Que es capaz de realizar algún trabajo, pero que no ha tenido éxito en la obtención de empleo tras un esfuerzo razonable;
c. Que es capaz de realizar algún trabajo, pero que sería inútil buscar otro empleo debido a condiciones preexistentes, es decir, edad, inexperiencia, falta de formación; o
d. Que ha obtenido otro empleo con un salario inferior al que percibía antes de la lesión.
Asimismo, las enfermedades profesionales debidas a trabajos agotadores repetitivos durante un largo periodo de tiempo o a la exposición a condiciones o productos químicos peligrosos pueden ser lesiones cubiertas.¿A qué tipo de indemnización puedo tener derecho si me lesiono en el trabajo?
¿Cuáles son las lesiones más frecuentes?
¿Cuáles son las industrias más peligrosas?
¿Elige mi empresario a qué especialista debo acudir?
¿Qué es la discapacidad y cómo se determina?
- Presentando pruebas médicas de que el trabajador está física o mentalmente, como consecuencia de la lesión laboral, incapacitado para trabajar en cualquier empleo;
- Mediante la presentación de pruebas de que el empleado es capaz de realizar algún trabajo, pero tras un esfuerzo razonable por su parte, no ha tenido éxito en sus esfuerzos por obtener empleo;
- Mediante la presentación de pruebas de que el trabajador es capaz de realizar algún trabajo, pero que sería inútil buscar otro empleo debido a las condiciones preexistentes, es decir, la edad, la inexperiencia, la falta de formación; o bien
- Presentando pruebas de que el trabajador ha obtenido otro empleo con un salario inferior al que percibía antes de la lesión.
- La pérdida de las dos manos, los dos brazos, los dos pies, las dos piernas, los dos ojos o dos de ellos, según lo dispuesto en N.C. Gen. Stat. §97-31(17).
- Lesión medular con parálisis grave de ambos brazos, ambas piernas o el tronco.
- Lesión cerebral grave o traumatismo craneoencefálico cerrado grave y permanente:
- Alteraciones sensoriales o motoras;
- Perturbaciones de la comunicación;
- Alteraciones integradas complejas de la función cerebral; o
- Trastornos neurológicos.
- Quemaduras de segundo o tercer grado en el treinta y tres por ciento (33%) o más de la superficie corporal total.